PERSONA NATURAL

¿ QUE PERSONAS NATURALES SE MATRICUlAN?

Se deben matricular los comerciantes, es decir, las personas naturales que profesionalmente se ocupan en algunas de las actividades que la ley considera mercantiles.

¿ CUANDO SE DEBE MATRICULAR?

La matricula se debe efectuar dentro del mes siguiente a la fecha en la cual la persona comenzó a ejercer el comercio.

¿COMO SE EFECTUA LA MATRICULA?

  • Adquiera y diligencie el formulario único de registro mercantil y el anexo para la matricula del comerciante y del establecimiento de comercio, ( se recomienda suministrar en forma exacta los datos solicitados, evitar tachones y enmendaduras, y leer detenidamente las instrucciones antes de diligenciar los formatos). Para la matricula del establecimiento, verifique que el nombre a utilizar no este registrado en la Cámara.
  • Diligencia el anexo DIAN para tramitar la solicitud de NiT por intermedio de la Cámara.
  • Recuerde registrar y llevar los libros de contabilidad.

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